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Duro revés para EJESA y el Gobierno por el cobro de tasas municipales

"Es la primera vez en toda la historia que la Justicia Federal de Jujuy se declara competente y entenderá en el tema", expresó Alejandro Mur, referente de CODECUC.

Alejandro Mur, referente del Consejo Defensor del Usuario Contribuyente y Consumidor de Jujuy (CODECUC), precisó que a partir de la numerosas quejas recibidas de los usuarios, por vía telefónica, mensajes y hasta incluso en las calles, solicitando información, realizaron presentaciones al respecto: “Nosotros a fines del mes de noviembre del 2024, la asociación CODECUC, en representación de los usuarios de servicios públicos de energía eléctrica de la provincia, consumidor-destinatario final. Presentó un amparo ante la Justicia Federal contra la empresa Ejesa, solicitando al juez que ordene eliminar de las facturas la llamada Tasa Municipal Percepción Contribución Única 6%, que figura en las facturas que mensualmente entregan y pagan todos los usuarios titulares del servicio. También se solicitó que se refacture desde el mes de octubre del 2024 en que la empresa debía cumplir con la resolución 267 del 2024. Dicha resolución fue emitida por la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación destinada a los proveedores de bienes y servicios”.

Es muy importante porque es la primera vez, en toda la historia, que la Justicia Federal de Jujuy se declara competente en el tema. Acá está en juego la aplicación y la vigencia de normas federales y nacionales por eso es que tanto el fiscal federal como el juez, con buen criterio, se declararon competentes y entenderán en la causa. Es muy importante porque es la primera vez, en toda la historia, que la Justicia Federal de Jujuy se declara competente en el tema. Acá está en juego la aplicación y la vigencia de normas federales y nacionales por eso es que tanto el fiscal federal como el juez, con buen criterio, se declararon competentes y entenderán en la causa.

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Tras esta resolución, el CODECUC solicitó a Ejesa que elimine de las facturas esta tasa municipal, la empresa no lo hizo, así que por lo tanto se presentó esta acción judicial y hace unos días gratamente la Justicia Federal dijo dos cosas, por un lado que nuestra asociación está totalmente legitimada para actuar y por otro se declaró competente para entender y resolver en la causa judicial, previo al dictamen del fiscal federal de la nación. Tras esta resolución, el CODECUC solicitó a Ejesa que elimine de las facturas esta tasa municipal, la empresa no lo hizo, así que por lo tanto se presentó esta acción judicial y hace unos días gratamente la Justicia Federal dijo dos cosas, por un lado que nuestra asociación está totalmente legitimada para actuar y por otro se declaró competente para entender y resolver en la causa judicial, previo al dictamen del fiscal federal de la nación.

“A nosotros como institución nos interesa el cumplimiento de esta resolución, ya que la inclusión, facturación y cobro de esta tasa municipal es una total ilegalidad, inconstitucional y no corresponde que lo usuarios lo paguen, por dos motivos, primero porque son actos contrarios a la resolución 267 al Art. 42 de la Constitución Nacional y a la ley de Orden Público 240. Por otro lado, todas o casi todas las municipalidades de la provincia desde hace años cobran a los usuarios titulares de servicios en forma mensual y compulsiva, por medio de la empresa Ejesa miles de pesos a todos los usuarios de Jujuy sin darles una contraprestación o servicio concreto o individualizado que es el requisito de las tasas”.

Además, remarcó que en el caso de que el juez federal oportunamente dicte sentencia y le diga a la empresa proveedora EJESA u otro proveedor que esta incluyendo cosas en las facturas que no correspondan, van a tener que eliminarlas y EJESA deberá hacer sus respectivos trámites ante las municipalidades. Y agregó que: “no se acepta la autonomía de las provincias o de los municipios por que la resolución 267 está dirigida a todos los proveedores de bienes y servicios, es decir que no se involucra en las facultades y competencias de las municipalidades o provincias. Eso quiere decir que debería hacerse lugar al amparo y ordenarse que se elimine esta tasa con lo cual va a disminuir el importe total que paga el usuario con la factura”.

“Esta Tasa Municipal Percepción Contribución Única 6%, puede tener un importe de $6.000, $8.000 o $10.000, según el consumo del usuario, ese importe es el que Ejesa retiene y posteriormente lo transfiere a las diversas municipalidades de la provincia”.

Respecto a Fopej se avanzará con el planteo de otras tasas que están incluidas en la facturas de EJESA.

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