Desde su primera mención pública en una de las habituales conferencias del vocero presidencial Manuel Adorni, hasta su efectiva publicación en el boletín oficial con carácter de resolución, la controversia acerca de la debida o indebida presencia de tasas municipales en las facturas de servicio ha ido in crescendo, al punto que ya es un tema judicializado en distintos distritos, donde la autonomía se discute a la par que el derecho de los usuarios a no pagar un tributo anexado a otro con el que no guarda relación.
Abogada criticó a los políticos que defienden las tasas municipales en facturas de servicios
En una entrevista reciente en Sobremesa (Canal 2), la abogada Claudia González, especialista en derecho de los consumidores, se refirió a la resolución de la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación que prohíbe la inclusión de tasas municipales en las facturas de servicios públicos si no guardan relación directa con el servicio prestado. La resolución, que ha generado controversia, establece que las empresas de servicios básicos, como la electricidad, deben facturar exclusivamente lo relacionado con el consumo del usuario, sin agregar cargos ajenos a la prestación del servicio.
La referente de PROCONSUMER, Claudia González defendió la medida adoptada por el gobierno nacional, destacando que la resolución no afecta ni modifica derechos consagrados en la Constitución, sino que refuerza el principio fundamental de la Ley de Defensa del Consumidor. "La ley de Defensa del Usuario y Consumidor es anterior a la Constitución, y lo que hace esta resolución es recordar que los proveedores tienen la obligación de informar de manera clara y precisa al consumidor sobre lo que está comprando y lo que está pagando", subrayó la abogada. Según González, los usuarios no deben ser obligados a pagar cargos adicionales que no estén directamente vinculados con el servicio contratado.
Un tema controversial: el rechazo de intendentes y gobernadores
La resolución ha sido rechazada por varios actores políticos, especialmente por intendentes y gobernadores, quienes ven en las tasas municipales una forma de asegurar el cobro de tributos, especialmente aquellos relacionados con servicios públicos como el alumbrado público a menudo incluidos en las facturas de servicios como la electricidad, ingresos para las arcas municipales que de otro modo, podrían no ser tan fáciles de recaudar debido a la histórica morosidad de los contribuyentes.
Pero la abogada no tardó en criticar esta postura, afirmando que el argumento de la autonomía municipal no justifica la inclusión de estos cargos en facturas de servicios que nada tienen que ver con los tributos municipales. "El Defensor del Pueblo de la provincia, el doctor Lavilla, y algunos diputados, como Tejerina, han hecho referencia a que esta resolución afecta la autonomía de los municipios. Pero no es así. La resolución lo que dice es que el usuario no puede ser cobrado por conceptos que no tengan que ver con el servicio que está contratando", sostuvo González.
Un modelo de negocio "redondo" para las empresas de servicios públicos
La especialista también apuntó a las empresas de servicios públicos, que, según su análisis, han hecho del cobro de estas tasas un negocio lucrativo. "Las empresas de servicios públicos tienen un mercado cautivo. No solo tienen la obligación de prestar el servicio, sino que además, con el cobro de estos cargos adicionales, aseguran ingresos por conceptos que no están directamente relacionados con el servicio", explicó González, aludiendo a la situación particular de las empresas de electricidad, como EJESA que cargan en la factura no solo el costo de la energía consumida, sino también impuestos y cargos asociados a la incobrabilidad de algunas deudas, mecanismos para cubrirse de los usuarios que abonan fuera de término.
En este sentido remarcó la falta de controles sobre la gestión de las empresas de servicios públicos y cómo los usuarios, a menudo, se ven perjudicados por esta falta de transparencia. "Los usuarios tienen derecho a saber exactamente qué están pagando y por qué. La resolución de la Secretaría de Industria y Comercio es una medida que defiende a los consumidores, asegurando que solo se cobre lo que corresponde al servicio que se está brindando", insistió González.
La jurisdicción y el amparo judicial de los municipios
Luego de las declaraciones que realizó el secretario de Energía, Mario Pizarro, en nuestro medio, la presentación de un amparo judicial contra la resolución a nivel federal fue públicamente conocido. Y González acorde a las declaraciones previas, cuestionó este planteo, señalando que la resolución no cambia el marco jurídico ni afecta la autonomía de los municipios. "No podemos permitir que los municipios sigan cobrando por conceptos que no tienen nada que ver con el servicio de energía eléctrica. Si quieren cobrar por otros servicios o impuestos, deben hacerlo a través de otros mecanismos, no a través de la factura de un servicio público", argumentó González.
Para la abogada, la postura de los municipios y ciertos sectores políticos refleja un intento de evadir el control del Estado sobre la transparencia en la facturación de servicios públicos. "Poner en la factura de la luz un cargo por algo que no tiene que ver con el servicio es una práctica que no se puede justificar. No estamos hablando de un tema de jurisdicción, estamos hablando de los derechos de los consumidores", concluyó.